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07.feb 2012
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Argentina. Informe alternativo al CEDR 2010

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Informe alternativo presentado ante el Comité Para la Eliminación de la Discriminación Racial (CEDR), para el examen periódico de Argentina, en el 76 período de sesiones del CEDR, Ginebra,  15 de febrero – 12 de marzo 2010.

Informe elaborado por Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (ANDHES), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y el Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas, en el cual se da cuenta de los avances, retrocesos, falencias y omisiones del Estado argentino en cuanto a su obligación de hacer efectivos los derechos contenidos en la Convención.

[Extracto]
"Casi ninguna ley —sea de recursos naturales (minería, agua, ambiente, hidrocarburos), o de educación, salud, u otras posibles de afectarles directamente a los pueblos indígenas— contempla mecanismos de consulta. Ello implica que el Estado no ha asumido la obligación de cristalizar este derecho. Esta omisión es particularmente significativa respecto a los derechos indígenas a sus recursos naturales."

Sería importante que el Comité recomiende al Estado que:

1. Adopte mecanismos federales concretos y uniformes para asegurar que los pueblos indígenas puedan gozar en la práctica de sus derechos reconocidos en la Constitución Nacional y en las provinciales, el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de Naciones Unidas sobre derechos de los Pueblos Indígenas.

2. Adopte medidas para evitar el desalojo de comunidades indígenas y garantizar el cumplimiento efectivo de las leyes de emergencia de la posesión y propiedad comunitaria indígena.

3. Ejecute todas las medidas tendientes a agilizar el proceso de relevamiento territorial prescripto por la ley 26.160, de manera de lograr construir un mapa de la situación de los territorios indígenas y poder actuar en consecuencia.

4. Adopte medidas para prevenir, investigar y sancionar los actos de violencia, las amenazas e intimidaciones contra los miembros de comunidades indígenas, tanto por parte de funcionarios públicos como de particulares.

5. Adopte medidas para instaurar un procedimiento específico de demarcación y titulación de territorios indígenas, que resulte respetuoso de sus pautas culturales.

6. Adopte medidas de acción positiva para favorecer la inserción de docentes indígenas en el sistema docente, especialmente dentro de los territorios indígenas.

7. Adopte medidas para que los cursos de capacitación para los docentes originarios sean diseñados, propuestos y sugeridos por los propios pueblos indígenas.

8. Adopte medidas para asegurar que las escuelas albergues, a la que asisten muchos alumnos indígenas, cuenten con personal capacitado y especializado.


 


DOCUMENTOS RELACIONADOS

- CEDR. Listado de Preguntas al estado de Argentina.

icon 2010. Argentina. Informe estatal al CEDR (291.72 kB)

 


 

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Artículos claves de la Convención

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Sesión CEDR

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Sitio web del Comité Para la Eliminación de la Discriminación Racial

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