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21.may 2012
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El convenio 169 es utilizado por primera vez en Chile para amparar derechos indigenas

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El Convenio 169 de la OIT, ratificado por la República de Chile detiene el proyecto de ”Relleno Sanitario” auspiciado por el municipio de Quellón en la localidad de Oqueldán . Este Convenio es uno de los argumentos esgrimidos por la CONAMA a instancia de la CONADI, constituyendo un hito histórico, ya que por primera vez un documento de la administración pública utiliza el Convenio 169 en defensa de las comunidades indígenas. El documento de la CONAMA señala, aparte de otras consideraciones como la ley indígena N°19.253, el Convenio 169 de la OIT como uno de los elementos más importantes para rechazar las pretensiones del Municipio de Quellón en Chiloé. El argumento de la CONAMA para rechazar este proyecto de “RELLENO SANITARIO” dice textualmente:

Finalmente, señalar lo dispuesto en el convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) el cual se encuentra recientemente ratificado por el Gobierno de Chile. El cual señala en el artículo 15 “Los derechos de los pueblos indígenas interesados de sus recursos naturales existentes en sus tierras deberán protegerse especialmente. Estos derechos comprenden participar en la utilización, administración y conservación de sus recursos naturales”

 


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Visitar Declaración de Impacto Ambiental

Este artículo, según manifiestan diversos juristas en derecho internacional, otorga a las comunidades indígenas la facultad de ser ellos, de manera autónoma, los que finalmente decidan el uso de sus territorios. En el caso de La comunidad de Oqueldán, queda claro que es territorio indígena. En el mismo convenio se deja claro que deben ser restituidos los derechos de los pueblos indígenas.

Ante esta situación el Alcalde de Quellón, don Luis Uribe manifestaba que el Concejo Municipal va a acatar las leyes nacionales y los convenios internacionales firmados por el gobierno de Chile.
El alcalde de Quellón manifestó que el concejo Municipal de Quellón se reunirá para tratar este asunto y que el Municipio se ha comunicado con las familias indígenas que habitan la zona donde se pretende situar el nuevo “Relleno Sanitario”.

Po su parte, las familias indígenas de Oqueldán han manifestado a este medio de comunicación que los contactos mantenidos con el Municipio han sido infructuosos debido a que el diálogo se convierte en imposición por parte del mismo.

Ahora, la Comunidad Indígena de Oqueldán tiene las armas legales para apelar a la legislación de los estamentos internacionales que los amparan. En este caso, El Convenio 169 de la OIT.

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FUENTE

Consejo de Caciques de Chiloe

http://werken.williche.org/?p=396

 

Chile. Censo 2012

Responde a tu origen. Censo 2012


Chile ante los Organos de DDHH


 

Informes de DDHH que debe presentar Chile ante ONU
Marzo 2010-Marzo 2014

TRATADO - CONVENCION FECHA
Convenio 169  OIT: - Primera memoria
09-2010
- Memoria regular 03-2013
Pacto Derechos Económicos Sociales y Culturales (atrasado)
06-2009
Pacto Derechos Civiles y Políticos 03-2012
Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial 08-2012
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer 01-2011
Convención de Derechos del Niño 09-2012
Protocolo OPAC 09-2012
Protocolo OPSC 09-2012
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes 05-2013
Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares 04-2010
Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad 08-2010
Examen Periódico Universal 05-2013

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